Ambiente de Mendoza multa a un organismo provincial
Ambiente multó a Irrigación por una obra en un área natural de Potrerillos
Fecha de Publicación: 01/08/2022
Fuente: MDZ
Provincia/Región: Mendoza
La Secretaría provincial aprobó un estudio de impacto ambiental para el entubamiento de un arroyo en el Parque Provincial Cordón del Plata. No obstante, impuso una sanción de $250.000 al organismo regulador del agua por avanzar con los trabajos en contravención con la normativa vigente.
La Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial dictó una resolución en la que aprobó el estudio de impacto ambiental presentado por el Departamento General de Irrigación para la obra de entubamiento de un arroyo en el Parque Provincial Cordón del Plata, en la zona de Las Vegas de Potrerillos. No obstante, impuso una multa de $250.000 al organismo encargado de la regulación de los recursos hídricos por haber avanzado con los trabajos en contravención con la normativa ambiental.
Se trata de una obra controvertida ya que en agosto de 2020 fue paralizada tras una inspección de la Secretaría de Ambiente y posteriormente el caso devino en una causa judicial contra Irrigación por daño ambiental, iniciativa impulsada por la organización ambientalista Oikos.
A través de la Resolución 639, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la cartera conducida por Humberto Mingorance declaró que Irrigación cumplió con el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Entubamiento Arroyo Morteritos”, ubicado y ejecutado en Quebrada de Los Morteritos, en el Parque Provincial Cordón del Plata, en la localidad Valle del Sol, Distrito Potrerillos del departamento de Luján de Cuyo.
Al mismo tiempo, aprobó el estudio de impacto ambiental presentado por el organismo liderado por Sergio Marinelli en la modalidad de “Informe de Partida”, de conformidad con lo que dispone la normativa ambiental.
No obstante, en la misma disposición se impone una multa de $250.000 a Irrigación por haber iniciado las obras vinculadas al proyecto de entubamiento “en contravención a lo dispuesto en el punto 2 del Artículo 26º del Decreto N° 2109/94”, norma que reglamentó la Ley 5961 de Preservación del Medio Ambiente y que regula las declaraciones de impacto ambiental.
Asimismo, la Secretaría concedió un plazo de cinco días para que se haga efectivo el pago de la multa bajo apercibimiento de proceder a su reclamo por la vía de apremio.
Por otro lado, establece que los responsables de la obra (proponente/ejecutor/operador) deberán dar cumplimiento a una serie de especificaciones, previsiones, recomendaciones e instrucciones surgidas de los Dictámenes Técnico y Sectoriales, bajo apercibimiento de ser pasibles de las sanciones, haciendo expresa advertencia de disponer la paralización de la obra en caso de incumplimientos.
Entre los considerandos de esta resolución se hace un repaso del largo proceso que llevó hasta la aprobación del estudio de impacto ambiental para esta obra. El 5 de agosto de 2020 se realizó una inspección en esta obra y surgió que Irrigación no presentó “documentación alguna que acredite la habilitación o autorización para la ejecución de la obra, por lo que se ordena la paralización de las misma”.
En el lugar se constató la “remoción de suelos y flora nativa, desviación de cauce, apertura de caminos existentes, también maquinaria pesada, equipamiento y materiales de construcción al lado del cauce. Todo esto en la confluencia de los arroyos de Las Mulas y Los Morteritos”. A la vez se advierte que la obra tiene lugar en las cercanías de un sitio arquelógico.
Posteriormente, a través de la Resolución N° 232/2020, la Secretaría de Ambiente dispone la continuidad de la paralización ordenada en el acta de inspección y se intima al Departamento General de Irrigación a presentar un Informe de Partida de la obra de entubamiento del Arroyo Morteritos en un plazo de 15 días a partir de la notificación de la resolución.
En su descargo frente a esa acta de inspección, Irrigación manifiesta que las tareas y acciones constatadas “surgen de las obras de Entubamiento del Arroyo Morteritos, que la intervención en el terreno es mínima, que no se interfiere en lo absoluto con el sitio arqueológico denunciado y que no afecta la flora y fauna autóctona”.
Por otra parte, a través de otra resolución, la N° 331/2020, la Secretaría de Ambiente autorizó el inicio del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la obra.
Luego se convocó a una audiencia pública en la que algunos participantes manifestaron a favor de las obras de entubamiento. “Se puede concluir que la obra es necesaria para mejorar y optimizar la calidad del suministro de agua de los habitantes permanentes y temporarios de las Villas Cordilleranas, sobre todo en los meses de temporada alta de turismo, donde aumenta la demanda del recurso y como consecuencia de las crecidas de verano se corta el suministro de agua a raíz de la bentonita que se deposita en las válvulas de la red de agua”, se resalta en la más reciente resolución acerca de las conclusiones de esa instancia.
No obstante, hubo algunas objeciones sobre la obra, una fue la Asociación Mendocina de Pesca con Mosca por el impacto sobre el ecosistema de la cuenca.
En tanto, los arqueólogos del laboratorio de paleoecología de la Universidad Nacional de Cuyo manifestaron durante la Audiencia Publica haber estado estudiando desde más de una año el sitio arqueológico Los Morteritos, ubicado próximo a las obras de Irrigación, donde “además de informar la presencia de residuos en la zona de obra, ponen en manifiesto la constatación de materiales arqueológicos y de materiales arqueológicos estratificados muy cercanos al sitio de obra, considerando que el potencial arqueológico es alto y no medio como se destaca en Informe de Partida, destacando que las evaluaciones de impacto arqueológico se tienen que realizar en base a instancia de trabajo de terreno y no solamente en revisiones bibliográficas. Asimismo, consideran que dado el avance de la obra y puntualmente a las acciones de movimiento de suelo y de sedimentos efectuados coinciden con la Dirección de Patrimonio que resulta imposible evaluar si se afectaron bienes patrimoniales”.
Por otro lado, el Dictamen Técnico elaborado por el Instituto Argentino de Investigaciones de Zonas Áridas (IADIZA) concluyó que “el proyecto cuenta con fundamentos válidos para su ejecución desde el punto de vista de la demanda hídrica para uso antrópico y que en caso de aprobarse en términos ambientales se deberán tener en consideración en la reanudación de la obra las recomendaciones y conclusiones efectuadas”.
A su vez, la Unidad Técnica del Departamento de Áreas Naturales Protegidas de la Dirección de Recursos Naturales Renovables entiende que “la integralidad de los ecosistemas que conserva el Parque Provincial Cordón del Plata no se encuentra amenazada por la ejecución de la obra, siempre y cuando se tomen y acaten las medidas de mitigación y recomendaciones efectuadas por el Dictamen Técnico y Sectoriales correspondientes”.
En base a estas consideraciones, la Secretaría de Ambiente entendió que “en zonas cercanas a las obras se han llevado a cabo hallazgos arqueológicos y de materiales arqueológicos estratificados y que atento a que no se realizaron los procedimientos previos de evaluación arqueológica y/o paleontológica que establece la legislación vigente referida a la protección del patrimonio cultural y el estado de avance de la obra y puntualmente las acciones que significaron excavaciones, desmonte y movimiento de suelo, resulta imposible recuperar y/o evaluar si se afectaron bienes patrimoniales”.
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